Las empresas del rubro de industrias y servicios conexos a la construcción son aquellas que forman parte de la cadena productiva de la industria de cemento en el país, deberán cumplir los protocolos de focalización territorial y la obligación de informar incidencias según Resolución Ministerial N° 157-2020-PRODUCE. Ver anexos

Dato adicional:
Las empresas jurídicas de actividades no esenciales para el reinicio de sus operaciones, de acuerdo a la Fase 1 y 2, y a los Criterios de Focalización emitidos por cada sector, tienen la obligación de subir el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” al SICOVID del Minsa, para recibir la CONSTANCIA DE REGISTRO para la reanudación de sus operaciones.

Protocolos

Conoce los protocolos que aplica a las empresas que desarrollan operaciones en el sector industria y servicios conexos a la construcción.

Criterios de Focalización Territorial


Formalización
de la empresa

Tener la condición de empresa formal (inscrita en la SUNARP y contar con licencia de funcionamiento) y contar con RUC activo y habido.


Ventas
anuales

Facturar ventas anuales mayores a 50 UIT o su equivalente mensual a S/ 17 916.


Trabajadores
en planilla

Contar con más de 3 trabajadores en planilla.

Descarga el PDF si deseas más información acerca de la Resolución Ministerial de los criterios de focalización.

Criterios internos de mitigación de riesgo:

Regiones: Minimizando el número de actores en regiones con altos niveles en el índice de contagio (Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto).

Preguntas Frecuentes

Consulta las respuestas a las preguntas habituales acerca de la reactivación económica

CONTACTO

Calle Uno Oeste 060 - Urbanización
         Córpac, San Isidro - Lima

Central telefónica: 6161-2222