Las empresas del sector textil y confecciones, y las que brindan servicios complementarios a este sector, deberán cumplir con los protocolos de focalización territorial y la obligación de informar incidencias, según Resolución Ministerial N° 138-2020-PRODUCE y la última modificación de la Resolución Directoral N° 012-2020-PRODUCE/DGDE. Ver anexos

Dato adicional:
Las empresas jurídicas de actividades no esenciales para el reinicio de sus operaciones, de acuerdo a la Fase 1 y 2, y a los Criterios de Focalización emitidos por cada sector, tienen la obligación de subir el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” al SICOVID del Minsa, para recibir la CONSTANCIA DE REGISTRO para la reanudación de sus operaciones.

Protocolos

Conoce los protocolos que aplican a las empresas que desarrollan operaciones en el sector textil y confecciones.

Criterios de Focalización Territorial


Persona
Jurídica

Persona jurídica: contar con inscripción en la SUNARP, licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.


Persona
natural

Persona natural con negocio: contar con licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.


Actividad de
produccción

Realizar actividades de producción a puerta cerrada y comercialización a través de canales digitales

En casos de Persona natural con negocio, no necesitan colgar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el SICOVID del Ministerio de Salud para reiniciar sus operaciones.

Descarga el PDF si deseas más información acerca de la Resolución Ministerial de los criterios de focalización.

Supuestos obligatorios para informar incidencias:

Sospecha (sintomatología COVID-19 y/o temperatura corproral mayor a 38ºC) o confirmación de algún infectado, conforme lo establezca su Plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo.

Preguntas Frecuentes

Consulta las respuestas a las preguntas habituales acerca de la reactivación económica

CONTACTO

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Central telefónica: 6161-2222